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Fiesta de Paucartambo, Cusco - Perú
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A continuación encontrarás diferentes eventos que se están desarrollando actualmente en la ciudad de Barcelona y alrededores.

EMPRENDIENDO EN COOPERATIVAS
Se comunica a la comunidad de emprendedores y público interesado, la realización del curso: EMPRENDIENDO EN COOPERATIVAS Días 21, 22, 23 y 24 de Septiembre de 2010 Horas: De 10 a 14h. Lugar: Casa América Cataluña c/. Córcega, 299 entresuelo Metro: L5 y L3 (Diagonal) Informes e inscripciones: Cámara de Comercio de Perú en España Vía Augusta, 13 -15 Oficina 306 Telf. 93 415 2372 E-mail: formacion@ccipc.org
EMPRENDIENDO EN COOPERATIVAS

AVISO SOBRE TRAMITACION DE PASAPORTES NUEVOS
SE INFORMA AL PÚBLICO USUARIO QUE EL HORARIO PARA LA TRAMITACIÓN DE PASAPORTES NUEVOS ES DE 13:00 A 15:30 AM, DE LUNES A VIERNES.
AVISO SOBRE TRAMITACION DE PASAPORTES NUEVOS

NECESIDAD DE VISA DE TRANSITO AEROPORTUARIO PARA TRANSITAR POR TERRITORIO FRANCES
Por información proporcionada por la Embajada de Francia en el Perú, se comunica que todos los ciudadanos peruanos que efectúen tránsito por algún aeropuerto francés, deberán contar con una "Visa de tránsito aeroportuario", salvo las siguientes excepciones: - Los titulares de pasaportes diplomáticos u oficiales; - Los titulares de una visa Schengen vigente; - Los titulares de una visa nacional vigente emitida por un país Schengen; - Los titulares de un carné de residente vigente emitido por un país schengen, un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Andorra, de Canadá, de los Estados Unidos de América, de Japón, de Mónaco, de Saint Marteen o de Suiza; - Los tripulantes de compañías aéreas.
Barcelona, 19 de enero de 2010

COMUNICADO SOBRE LA TRAMITACION DE ESCRITURAS PUBLICAS
Se recuerda a la comunidad peruana y público en general que las citas para escrituras públicas se pueden solicitar por cualquiera de estas tres vías: por teléfono, personalmente en la ventanilla de información de la Misión Consular, o por correo electrónico a la dirección escrituraspublicas@consulperubarcelona.com Asimismo, se informa que a partir del presente mes se ha incorporado a este Consulado General un nuevo funcionario diplomático, lo cual permite incrementar el número de escrituras públicas expedidas. En este sentido, aquellas personas que ya cuenten con una cita programada, pueden adelantarla si así lo desean. Finalmente, se recuerda que en caso de no poder acudir en el día y hora previstos, es importante comunicar oportunamente dicha situación para reprogramar la cita.
Barcelona, 19 de enero de 2010

SUIZA SE UNE A LOS ACUERDOS SCHENGEN
A partir del 12 de diciembre la Confederación Suiza expedirá visados Schengen que serán válidos tanto para viajar a Suiza como para cualquier estado miembro de los Acuerdos Schengen. La reglamentación Schengen se aplica solo para visados de hasta tres meses dentro de un período de seis meses. Las visas de larga duración por el contrario, seguirán estando reguladas por la legislación nacional de cada país miembro. Estas visas admiten la entrada sólo al país que las emite, pero posteriormente al cambio de una tarjeta de residencia, permiten la libre circulación por el espacio Schengen. En cuanto a la circulación en los aeropuertos, la presente norma se implementará totalmente el 29 de marzo de 2009, por lo que el control de identidad de las personas y permisos de estancia o visas continuarán siendo controlados en Suiza en los vuelos de salida y entrada. De otro lado, a pesar de lapaulatina libre circulación de las personas, los controles en las fronteras persistirán dado que Suiza no tiene una Unión Aduanera con los países miembros de la Unión Europea, por lo tanto los controles sobre mercancías y bienes se mantendrán. La puesta en marcha de los Acuerdos Schengen implica para Suiza el acceso a todos los puestos fronterizos del Sistema de Información Shcengen, que es una base de datos con información de visados, pasaportes, solicitantes de asilo y refufiados, perseguidos por la justicia, objetos robados, etc.
SUIZA SE UNE A LOS ACUERDOS SCHENGEN
SUIZA SE UNE A LOS ACUERDOS SCHENGEN

ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE PAISES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS
ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY, URUGUAY, BOLIVIA, CHILE, COLOMBIA, ECUADOR PERÚ Y VENEZUELA, AL FORMAR PARTE DEL ACUERDO MERCOSUR O SER PAÍSES ASOCIADOS, SE BENEFICIARÁN DEL SIGUIENTE ACUERDO: 1.- PODRÁN TRANSITAR ENTRE LOS ESTADOS MENCIONADOS CON LA PRESENTACIÓNDE SUS DOCUMENTOS DE INDENTIFICACIÓN PERSONAL QUE EN EL CASO DEL PERÚ PODRÁN SER: EL DNI, EL PASAPORTE O LA CÉDULA DE EXTRANJERÍA. PARAGUAY: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE URUGUAY: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE BOLIVIA: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE CHILE: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE COLOMBIA: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE O CARNET DE EXTRANJERIA ECUADOR: CEDULA DE CIUDADANIA O PASAPORTE O CEDULA DE IDENTIDAD DE EXTRANJEROS VENEZUELA CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE ARGENTINA: CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE O DNI O LIBRETA DE ENROLAMIENTO O LIBRETA CIVICA BRASIL:CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE O CEDULA DE IDENTIDAD PARA EXTRANJERO. 2.- LOS EXTRANJEROS CON RESIDENCIA REGULAR EN ALGUNO DE LOS ESTADOS MENCIONADOS PODRAN TRANSITAR CON LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS SIEMPRE QUE POR EL MOTIVO DE SU NACIONALIDAD LA VISA CONSULAR NO FUESE UN REQUISITO EN EL ESTADO AL CUAL INGRESA. EN ESTE ULTIMO CASO DEBERA USAR EL PASAPORTE DE SU NACIONALIDAD Y EL VISADO CORRESPONDIENTE.
ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE PAISES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

SE INAUGURA SERVICIO DE LEGALIZACIONES EN EL CALLAO
Se inauguró recientemente la oficina de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Callao. La dirección es Av. Sanez Peña Nº 122, segundo piso, desde de la RENIEC. Horario de 8:30 a 14:00 horas teléfonos 7199301 - 7199302 Fax;: 7190303 Se agradecerá la difusión de la presente información.
SE INAUGURA SERVICIO DE LEGALIZACIONES EN EL CALLAO
SE INAUGURA SERVICIO DE LEGALIZACIONES EN EL CALLAO

REQUISITOS PARA INGRESAR A VENEZUELA CIUDADANOS PERUANOS
Los ciudadanos peruanos que viajen a Vanezuela por turismo no necesitan visado. debiendo presentar a la llegada a Venezuela los siguientes documentos: Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses Boleto aéreo de ide ay vuelta, COnstancia de reserva de hotel, o en su defecto, Carta de invitación notariada, con los datos de la persona que ahce la invitación, su dirección y teléfono. Se agradecerá a los ciudadanos peruanos difundir esta información a quienes consideren conveniente.
REQUISITOS PARA INGRESAR A VENEZUELA CIUDADANOS PERUANOS
REQUISITOS PARA INGRESAR A VENEZUELA CIUDADANOS PERUANOS

REQUISITOS PARA FILMAR EN SITIOS DE PATRIMONIO NATURAL PERUANO
Se informa sobre los requisitos para filmar en sitios que son parte del patrimonio natural. El trámite debe ser realizado directamente por el interesado (persona natural o jurídica) ante INRENA y es indispensable cumplirlos a cabalidad para obtener la autorización correspondient: 1. Solicitud dirigida al Intendente de Áreas Naturales Protegidas, según formato. 2. Programa de trabajo en idioma español, según formato. 3. Ficha de datos del responsable, según formato. 4. Carta de patrocinio de la entidad o empresa, según corresponda 5. Recibo de pago por derecho de trámite (10% UIT), (S/. 350.00, por área a pagarse en caja del INRENA o en la Cuenta) Corriente del Banco de la Nación N° 0000-289221, INRENA – Áreas Naturales Protegidas.( si es CC del Banco enviar el original). * En caso de que se requiera el ingreso a zonas arqueológicas se debe contar con la autorización del Instituto Nacional de Cultura-INC 2.- Con la finalidad de ahorrar tiempo, el interesado puede adelantar los formularios absueltos al correo electrónico de la bióloga Carmen Jaimes, Coordinadora de Areas Naturales Protegidas de INRENA: cjaimes@inrena.gob.pe o al telefax 2252803-2251053 anexo 518. 3.- La referida funcionaria ha informado que el procedimiento toma 5 días útiles y que el pago de derechos debe hacerse directamente en Lima. El trámite puede ser también iniciado por cualquier persona en el Perú que tenga la representación del interesado. 4.- Información adicional puede encontrarse en la pagína web de INRENA: www.inrena.gob.pe
REQUISITOS PARA FILMAR EN SITIOS DE PATRIMONIO NATURAL PERUANO
REQUISITOS PARA FILMAR EN SITIOS DE PATRIMONIO NATURAL PERUANO

COMUNICACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
El Secretario General de la Presidencia de la República,Dr. Luis Nava Guibert ha hecho saber al Ministerio de Relaciones Exteriores de ciertos hechos relacionados con solicitudes de dinero u otros favores ilegales, como exigencias de trabajo, nombramientos, adjudicaciones de contratos, etc., que podrían venir dándose en nuestro medio y respecto de las cuales ha desautorizado cualquiera que, usando el nombre del Despacho Presidencial o el suyo propio, se presenten en las instancias del estado incluido este COnsulado General, ya que son actos contrarios a la Constitución y a la Ley. Agregó el doctor Nava que en caso de detectar algún acto de dicha naturaleza, sea inmediantamente denunciado ante la Cancillería, a fin de derivarla al Ministerio Público y demás autoridades competentes.
COMUNICACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
COMUNICACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CONVENIO IBEROAMERICANO SIMPLIFICA ACCESO A PENSIONES Y COBRO DE LOS MIGRANTES
LAS PENSIONES DE VEJEZ, INVALIDEZ, PAGO DE PENSIONES EN EL PAÍS DE RESIDENTE TRASLADO DE LAS COTIZACIONES PREVISIONALES DE UN PAÍS A OTRO SON ALGUNOS DE LOS BENEFICIOS QUE IMPLICARÁ A LOS TRABAJADORES MIGRANTES DE 22 PAÍSES EL CONVENIO MULTUILATERAL IBEROAMERICANO DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO QUE SE DESARROLLO EN SANTIAGO. EL DOCUMENTO DEBE SER RATIFICADO AHORA POR LOS PARLAMENTOS DE LOS RESPECTIVOS PAISES, LO QUE PUEDE TOMAR ENTRE 6 MESES Y UN AÑO.
CONVENIO IBEROAMERICANO SIMPLIFICA ACCESO A PENSIONES Y COBRO DE LOS MIGRANTES
CONVENIO IBEROAMERICANO SIMPLIFICA ACCESO A PENSIONES Y COBRO DE LOS MIGRANTES

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al “Pisco Sour”
NOTA DE PRENSA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al “Pisco Sour” Con fecha 18 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Directoral Nacional N° 1180/INC del Instituto Nacional de Cultura, que declara al “Pisco Sour” como Patrimonio Cultural de la Nación. La solicitud presentada en julio pasado para tal fin fue considerada favorablemente por las autoridades del Instituto Nacional de Cultura quienes la encontraron conforme con las disposiciones de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de la UNESCO. La referida Convención establece en su Art. 2°, inciso 1, que constituyen el Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Con esta medida, el Gobierno peruano busca afianzar el sentimiento de identidad nacional, promoviendo el respeto por la diversidad cultural de nuestro país y la creatividad de los peruanos, a través del reconocimiento que se otorga al Pisco Sour, emblemática bebida tradicional que forma parte indiscutible del acervo gastronómico peruano, preparado en base al licor de bandera del Perú, el Pisco.
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al “Pisco Sour”
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al “Pisco Sour”

PERUANOS PODRAN CREAR EMPRESAS CON REMESAS
Peruanos podrán crear empresas con remesas Según cifras del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en el Perú más de tres millones de personas dependen de las remesas que sus familiares les envían desde el extranjero. Dichos envíos suman montos importantes, pues, según cálculos del BCR, llegarán a US$1.994 millones en diciembre de este año. Por ello, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la consultora Exxed, la Asociación de Empresas de Transferencia de Fondos, la Federación de Cajas Municipales y la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú suscribieron un acuerdo interinstitucional para promover el acceso a microcréditos a las personas que reciben remesas del exterior. Ello, en opinión de la cancillería, favorecerá el uso productivo de las remesas para la creación de pequeñas empresas, pues, según el propio ministerio, las entidades de microfinanzas van a preferir otorgar créditos para actividades productivas. Los créditos estarían avalados por pólizas de seguros que garantizarán los fondos entregados.
PERUANOS PODRAN CREAR EMPRESAS CON REMESAS
PERUANOS PODRAN CREAR EMPRESAS CON REMESAS

OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR EL DNI VIGENTE COMO UNICA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL.
OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR EL DNI VIGENTE COMO UNICA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL. DE ACUERDO A RESOLUCION JEFATURAL Nº 789-2005-JEF/RENIEC, DEL 01 DE AGOSTO DEL 2005. SE COMUNICA A LOS CONNACIONALES QUE PARA SOLICITAR LA RENOVACION O EMISION DE SUS PASAPORTES, EL DNI PERUANO DEBERA ENCONTRARSE VIGENTE. -EN CASO DE NO CONTAR CON EL DNI VIGENTE O TENER QUE TRAMITARLO POR PRIMERA VEZ DEBERAN REALIZAR EL TRAMITE Y ESPERAR A QUE LA RENIEC LO ACTUALICE (ESTO PUEDE TOMAR APROXIMADAMENTE DOS MESES), LUEGO DE LO CUAL RECIEN SE PODRA RENOVAR O EMITIR EL PASAPORTE. -EN CASO DE PERDIDA DEL DNI VIGENTE SE PODRA RENOVAR O EMITIR EL PASAPORTE EN LA MISMA FECHA EN QUE HAYA REALIZADO SU TRÁMITE DE DUPLICADO.
OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR EL DNI VIGENTE COMO UNICA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL.
OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR EL DNI VIGENTE COMO UNICA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL.

AVISO IMPORTANTE INGRESO A PERÚ AEROPUERTO
DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES DADAS POR LA DIRECCIÓN DE MIGRACIONES, LOS PERUANOS QUE INGRESEN AL PERÚ, SERÁN REQUERIDOS DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: 1.- EL PASAPORTE O EL SALVOCONDUCTO, O EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD 2.- LA TARJETA ANDINA DE MIGRACIÓN (TAM) QUE SE ENTREGA EN EL AVIÓN. POR NINGÚN MOTIVO, SE DEBERÁ EFECTUAR PAGO ALGUNO A LAS AUTORIDADES MIGRATORIAS DEL PUESTO DE CONTROL DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ, NI A NUNGUNA OTRA AUTORIDAD DE ESA INSTITUCIÓN.
AVISO IMPORTANTE INGRESO A PERÚ AEROPUERTO
AVISO IMPORTANTE INGRESO A PERÚ AEROPUERTO

PROCEDIMIENTO GENERAL SOBRE DONACIONES DE ROPA Y CALZADOS USADOS Y SOBRE INAFECTACION DE IGV E ISC
La APCI informa que en el caso de tratarse de donaciones destinadas a instituciones privadas sin fines de lucro, deberán estar debidamente inscritas en alguno de los tres (03) registros, que tiene a su cargo la APCI, a fin, que la donación pueda ser Inafecta de los derechos arancelarios (Ad-valorem, Decreto Ley N° 21942) e Inafecta del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) (D.S. Nº 041-2004-EF) del 26/03/2004 y sus modificatorias. Los Registros son: • Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) • Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) • Instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, provenientes del exterior (IPREDA). Cabe precisar que las Instituciones privadas que no estén inscritas en APCI, no podrán gozar del beneficio de Inafectación de los derechos arancelarios y del IGV e ISC. Segundo.- El Decreto Supremo Nº 041-2004-EF del 26/03/2004, establece los requisitos para la aprobación de la Inafectacióndel IGV a las donaciones provenientes del exterior, para mejor entender señalaremos la documentación que deberá de remitir el Donante y la que tendrá que presentar el DONATARIO. En el caso de ropa usada EL DONANTE, deberán remitir los siguientes documentos: 1. Carta o Certificado de Donación debidamente legalizada por el Consuladodel Perú que corresponda,así como por La Direcciónde Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, expedida por el donante donde conste la voluntad de efectuar la donación, la cual se deberá especificar lo siguiente: Identificación del donante; Lugar de procedencia de los bienes donados; Descripción detallada de los bienes a ser donados; Cantidad, peso aproximado y valor monetario estimado de los bienes a ser donados (serie, motor etc.) Destino final de la donación (carácter asistencial, educacional o en el marco de los proyectos de desarrollo). Otra información que se considere relevante. 2. Documento de Embarque (Guía Aérea, Conocimiento de Embarque, Carta de Porte u otros documentos análogos, según sea el medio de transporte empleado. 3. Certificado de Desinfección o Fumigación, en original (solo para el caso de ropa y calzados usados, éste deberá contener la siguiente información como mínimo: número de identificación de los contenedores y número de bultos, fecha de la fumigación, fecha de vencimiento de la fumigación, y debe indicar claramente que no se utilizaron insumos cancerígenos o dañinos a la salud). EL Donatario deberá presentar la documentación señalada en los puntos 1,2 y 3, además de las que a continuación se detallan: • Solicitud de Aprobación de Inafectación del IGV e ISC a las Donaciones dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores, conteniendo la siguiente información con carácter de Declaración Jurada Simple: la identificación de la persona donante, nombre, domicilio legal, lugar de origen, descripción detallada de bienes, cantidad, peso aproximado, valor monetario estimado, uso y destino final de la donación, así como de los beneficiarios. • Tratándose de las entidades u Organismos referidos en el Articulo 3º del Reglamento de la LeyNº 28514, deberá acompañar Resolución de aceptación de donación (Resolución del Sector), Acuerdo de Concejo Municipal o Regional de corresponder, mediante la cual se acepta la donación. • Documento que tenga carácter de Declaración Jurada en el cual se describa los bienes donados, su cantidad, peso y valor, de ser el caso. • Constancia vigente de inscripción en el registro correspondiente que conduce la APCI, los cuales son ENIEX, ONGD e IPREDA. Por tratarse de ropa usada el Sector competente para la Inafectaciónde los derechos arancelarios es el Ministerio de la Mujery Desarrollo Social (MINDES) www.mimdes.gob.pe, Sector donde tendrá el Donatario que dirigirse para solicitar la referida Inafectación, Si el Donatario es de alguna Iglesia, incluida la Católica, el Sector competente para la inafectación es el Ministerio de Justicia. Para la emergencia por el sismo del 15-Ago-07, se debe tener en cuenta las siguientes disposiciones: • Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM: Declaran en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima. Publicado el 16-Ago-07. • Decreto Supremo Nº 070-2007-PCM: Disposiciones que agilicen el despacho de mercancías para atender a la población afectada por los sismos. Publicado el 16-Ago-07. • Decreto Supremo Nº 073-2007-PCM: Dictan disposiciones complementarias al D.S. Nº 070-2007-PCM. Publicado el 18-Ago-07. • LEY Nº 29077: Ley que establece disposiciones para el despacho de mercancías en casos de estado de emergencia por desastres naturales; y modifica la Ley Generalde Aduanas. Publicado el 24-Ago-07.
PROCEDIMIENTO GENERAL SOBRE DONACIONES DE ROPA Y CALZADOS USADOS Y SOBRE INAFECTACION DE IGV E ISC
PROCEDIMIENTO GENERAL SOBRE DONACIONES DE ROPA Y CALZADOS USADOS Y SOBRE INAFECTACION DE IGV E ISC

DISPOSICIONES ENVIO DONACIONES
El 16 de agosto pasado, fue publicado en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nª 070-2007-PCM, sobre disposiciones que agilicen el despacho de mercancía para atender a la población efectada por los sismos. Luego el DS 073-2007-PCM. Modifica el primero, quedando las disposiciones como siguen: En el artículo 3, se autoriza a la SUNAT a permitir el ingreso en calidad de ayuda humanitaria de bienes consistentes en material médico, medicamentos, vacunas, equipos médicos y/o afines, alimentos, prendas de vestir, textiles para abrigo, calzado, colchones, menaje de cama y cocina, útiles de aseo y limpieza, artículos y materiales de construcción, entre otros; así como de perros de búsqueda y rescate, hospitales de campaña y de cualquier otra mercancía que sea necesaria para atender los requerimientos de la población afectada. Asimismo, en el artículo cuarto se establece que, si los referidos bienes ingresaran como equipaje acompañado del viajero, se requerirá la presentación de una relación que ampare a los mismos con carácter de Declaración Jurada, emitida por el beneficiario o los viajeros, además de la Declaración Jurada de Equipaje. Dentro de un máximo de 60 días hábiles se procederá a numerar la declaración de aduanas. En el artículo seis se indica que, se ha autorizado a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud a expedir autorizaciones provisionales correspondientes para la importación sin previo aviso del material médico, medicamentos, vacunas, equipos médicos y otros productos afines no registrados, que ingresen en calidad de donación para ayuda humanitaria en el marco del señalado Decreto Supremo. Para los envíos como carga aérea pueden ser despachados mediante declaración simplificada independientemente de su voalor, y si son envíos via marítima, deben ser despachados con Declaración Unica de Aduanas, salvo el intedente de aduanas considere necesario autorizar su despacho mediante declaración simplificada. Ewn estos casos no se exigirá carta de donación, ni presentación o transmisión de autorizaciones, permisos o resoluciones que deban emitir los sectores competentes o correspondientes.
DISPOSICIONES ENVIO DONACIONES
DISPOSICIONES ENVIO DE DONACIONES

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