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Protección y apoyo al nacional

Los Consulados tienen, entre otras, la función de dar apoyo a sus ciudadanos cuando, por razones de discriminación étnica, social u otra similar, sean víctimas de casos de violación de derechos humanos, o vean menoscabados sus derechos ciudadanos de cualquier otra manera por parte de las autoridades e instituciones del Estado receptor. En tales casos los funcionarios consulares están habilitados para exigir que los derechos de sus compatriotas sean respectados, y que se les aplique la ley del Estado receptor sin ninguna discriminación.

Las personas de nacionalidad peruana que sean detenidas en el extranjero tienen el derecho de solicitar que el Consulado de su país sea informado de dicha detención, en cuyo caso el Consulado se cerciorará de que el detenido cuente con un abogado que lo represente, que las condiciones de detención sean respetuosas de las normas internacionales de protección de los derechos humanos, y de que la ley local sea aplicada de manera escrupulosa e imparcial. También puede facilitar la comunicación entre el detenido y sus familiares, o atender cualquier necesidad de carácter humanitario que presente el detenido.

En cambio, no puede pedir para detenido ningún trato de favor, ni la exoneración del cumplimiento de las reglas o sanciones impuestas. El Consulado tampoco puede asumir la representación o defensa directa del inculpado, ni asumir los gastos derivados del proceso legal.”

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